Sobre los Envios por MRW

Post date: Dec 11, 2014 5:58:31 AM

Desde J.E Suministros y Mas, C.A. cumplimos con informarle a nuestra distinguida clientela que nuestra responsabilidad sobre su mercancia termina una vez que la misma es dejada en el sistema de encomienda, lamentablemente en la ultima temporada el sistema de encomienda MRW ha presentado una serie de retrasos e incluso una serie de situaciones que escapan de nuestro control y seguimiento como lo son casos aislados de extravíos de encomiendas, no nos explicamos como paquetes que poseen un numero de control de la noche a la mañana no posean manifiestos de recepción en agencias destinos, J.E Suministros y Mas, C.A. es una compañia ajena al sistema de encomiendas MRW y es estricta responsabilidad del sistema de encomiendas MRW responder sobre los paraderos de la paqueteria que es enviada desde nuestras oficinas de despacho, como recomendación a todos nuestros usuarios es preferible que soliciten el envio de su mercancia a alguna oficina del sistema de encomiendas ubicado en su zona, en vez de que le enviemos paqueteria a su direccion fiscal, hemos notado que de esta manera hay menos incidencia con los paquetes.

Si usted es un usuario que ha presentado problemas con la paqueteria recomendamos los siguientes pasos:

1.- Formular una carta reclamo a MRW anexando copia de guia de despacho, copia de nota de entrega o factura, copia de cedula de identidad.

2.- En caso de no recibir respuesta en 2 dias habiles, asistir al SUNDDE de su localidad y formular la denuncia respectiva, anexando los mismos documentos antes descritos, debe solicitar nombre de la persona encargada del MRW de su localidad para que sea el quien asista con la parte juridica que corresponda a la respectiva defensa y se determinen responsabilidades, los requisitos para formular dicha denuncia son los siguientes:

Requisitos para interponer una denuncia personalizada

Fotocopia de la Cédula de Identidad del Denunciante, si es persona jurídica consignar copia del Acta Constitutiva de la Empresa con su RIF (OBLIGATORIO).

Carta explicativa de su Denuncia, dirigida al SUNDDE, indicando: Domicilio y Número Teléfonico del Denunciante, Nombre y Dirección exacta del Proveedor de Bienes y Servicios a Denunciar, señalando Número de RIF (OBLIGATORIO).

Soportes que sustenten su Denuncia, por ejemplo: Facturas, Contratos, Recibos o cualquier otro Documento que considere pertinente (OBLIGATORIO).

OBSERVACIÓN:

Si no es el Denunciante Principal, debe consignar Poder o Autorización firmada con copia de la Cédula de Identidad de la persona que Denuncia (OBLIGATORIO).

Nota: Todos los documentos deben consignarse en hojas tipo carta u oficio (OBLIGATORIO).

Oficinas en todo el territorio nacional del SUNDDE

Prohibiciones de Envio segun Gaceta IPOSTEL

Envíos no admitidos. Prohibiciones, según actas de la Unión Postal Universal. Congreso de Bucarest 2004.

 1. Disposiciones generales

1.1 No se admitirán los envíos que no reúnan las condiciones requeridas por el Convenio y los Reglamentos. Tampoco se admitirán los envíos expedidos con fines fraudulentos o con la intención de evitar el pago total de las sumas correspondientes.

1.2 Las excepciones a las prohibiciones indicadas en el presente artículo están establecidas en los Reglamentos.

1.3 Las administraciones postales tendrán la facultad de extender las prohibiciones contenidas en el presente artículo; las nuevas prohibiciones comenzarán a regir a partir del momento de su inclusión en la compilación correspondiente.

 2. Prohibiciones aplicables a todas las categorías de envíos

2.1 Se prohíbe la inclusión de los objetos mencionados a continuación en todas las categorías de envíos:

2.1.1 los estupefacientes y las sustancias psicotrópicas;

2.1.2 los objetos obscenos o inmorales;

2.1.3 los objetos cuya importación o circulación esté prohibida en el país de destino;

2.1.4 los objetos que, por su naturaleza o su embalaje, puedan presentar peligro para los empleados o el público en general, manchar o deteriorar los demás envíos, el equipo postal o los bienes pertenecientes a terceros;

2.1.5 los documentos que tengan carácter de correspondencia actual y personal intercambiados entre personas que no sean el expedidor y el destinatario o personas que convivan con ellos.

 3. Materias explosivas, inflamables o radiactivas y otras materias peligrosas

3.1 Se prohíbe la inclusión de materias explosivas, inflamables o de otras materias peligrosas, así como de materias radiactivas, en todas las categorías de envíos.

3.2 Excepcionalmente, se admitirán las sustancias y las materias indicadas a continuación:

3.2.1 las materias radiactivas mencionadas en el artículo 16.1 y expedidas en envíos de correspondencia o encomiendas postales;

3.2.2 las materias biológicas mencionadas en el artículo 16.2 y expedidas en envíos de

Correspondencia.

 4. Animales vivos

4.1 Se prohíbe la inclusión de animales vivos en todas las categorías de envíos.

4.2 Excepcionalmente, se admitirán en los envíos de correspondencia distintos de los envíos con valor declarado:

4.2.1 las abejas, sanguijuelas y gusanos de seda;

4.2.2 los parásitos y destructores de insectos nocivos destinados al control de estos insectos e intercambiados entre las instituciones oficialmente reconocidas;

4.2.3 las moscas de la familia Drosophilidae destinadas a la investigación biomédica intercambiadas entre instituciones oficialmente reconocidas.

4.3 Excepcionalmente, se admitirán en las encomiendas postales:

4.3.1 los animales vivos cuyo transporte por correo esté autorizado por la reglamentación postal de los países interesados.

 5. Inclusión de correspondencia en las encomiendas

5.1 Se prohíbe incluir en las encomiendas postales los objetos indicados a continuación:

5.1.1 los documentos que tengan carácter de correspondencia actual y personal;

5.1.2 la correspondencia de cualquier clase intercambiada entre personas que no sean el expedidor y el destinatario o personas que convivan con ellos.

 6. Monedas, billetes de banco y otros objetos de valor

6.1 Está prohibido incluir monedas, billetes de banco, papel moneda o cualesquiera otros valores al portador, cheques de viaje, platino, oro o plata, manufacturados o no, pedrería, alhajas y otros objetos preciosos:

6.1.1 en los envíos de correspondencia sin valor declarado;

6.1.1.1 sin embargo, si la legislación interna de los países de origen y de destino lo permite, esos objetos podrán expedirse bajo sobre cerrado como envíos certificados;

6.1.2 en las encomiendas sin valor declarado, salvo que la legislación interna del país de origen y del país de destino lo permita;

6.1.3 en las encomiendas sin valor declarado intercambiadas entre dos países que admitan la declaración de valor;

6.1.3.1 además, cada administración tendrá la facultad de prohibir la inclusión de oro en lingotes en las encomiendas con o sin valor declarado procedentes de o con destino a su territorio o transmitidas en tránsito al descubierto a través de su territorio; podrá limitar el valor real de esos envíos.

 7. Impresos y cecogramas

7.1 Los impresos y los cecogramas:

7.1.1 no podrán llevar ninguna nota ni contener ningún objeto de correspondencia;

7.1.2 no podrán contener ningún sello de Correos, ninguna fórmula de franqueo, matasellados o no, ni ningún tipo de papel representativo de valor, salvo cuando el envío incluya una tarjeta, un sobre o una faja prefranqueados para su devolución, con la dirección impresa del expedidor del envío o de su agente en el país de depósito o de destino del envío original.

 8. Tratamiento de los envíos admitidos por error

8.1 El tratamiento de los envíos admitidos por error figura en los Reglamentos. Sin embargo, los envíos que contengan los objetos indicados en 2.1.1, 2.1.2 y 3.1 no serán, en ningún caso, encaminados a destino, entregados a los destinatarios ni devueltos a origen. Si durante el tránsito se encontrare alguno de los objetos indicados en 2.1.1 y 3.1, los envíos serán tratados de acuerdo con la legislación nacional del país de tránsito.

Desde J.E Suministros y Mas, C.A. en todo momento estaremos prestos a colaborar en cualquier acción jurídica que el usuario desee activar ante las irregularidades que presente al momento de buscar su mercancía y que no se obtenga una respuesta sobre el paradero de la misma.